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miércoles, 25 de julio de 2012

Las personas con discapacidad podrán tramitar los pases de transporte en los CAP

APCS-MA. El Instituto de Previsión Social (IPS), la Agencia Provincial del Transporte y la subsecretaría para la Articulación de Políticas de Integración rubricaron un convenio por el cual las personas con capacidades diferentes podrán tramitar en cualquiera de las 53 oficinas descentralizadas que posee el organismo previsional, el pase que les permite viajar en forma gratuita.

En cada uno de los Centros de Atención Previsional (CAPs) que posee el IPS se habilitará un espacio adecuado para la atención de personas con capacidades diferentes que requieran trasladarse en forma gratuita. La más cercana a Malvinas Argentinas y José C. Paz esta en San Miguel Av. Ricardo Balbin N° 1044, (011) 4667-7880 capsanmiguel@ips.gba.gov.ar

La Agencia Provincia de Transporte, que depende de la Jefatura de Gabinete Provincial, trabajará en forma coordinada con el IPS e incluso capacitará a los agentes previsionales para operativizar el sistema de carga de datos y de entrega de los carnets correspondientes para el transporte.

Los Centros de Atención Previsional (CAPs) atienden de lunes a viernes en el horario de 8,30 a 14 tanto en el Conurbano como en el interior provincial. La ubicación de cada oficina previsional puede consultarse en http://www.ips.gba.gob.ar/institucional/cap.htm

Los pases podrán ser usados por la persona con discapacidad para viajar gratuitamente en todos los transportes intercomunales de línea regular terrestres y fluviales (líneas 200 a 499), y tendrán vigencia por el período determinado en la junta médica o certificado de discapacidad.

En el caso de los pasajes de larga distancia, su solicitud se realiza con la credencial y el documento de identidad; y en caso de encontrarse cubierto el cupo para la fecha solicitada, la empresa deberá informar a solicitud del usuario y/o de la Dirección Provincial de Transporte, el número de credencial y nombre de la persona que ocupa el servicio solicitado; y además deberá reservar al solicitante un pasaje en el primer servicio inmediato posterior (Resolución Nº 1984/06).

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