Gran Buenos Aires Norte (APCS)Gran Buenos Aires Norte (APCS)

sábado, 30 de junio de 2012

De estadistas que no son y las pobrezas de análisis

APCS-MA. por Jorge P. Colmán. Algunos personajes políticos locales comienzan a hablar de política internacional y apenas pueden hacer política de cabotaje. Solamente los lectores del Embudo pueden engullir semejantes argumentos.

Este es el caso de aquellos que livianamente "levantan de oído" los mensajes del diario Clarín u otros similares en la región como el ABC Color de Paraguay. Hablan como si supieran, pero... apenas pueden balbucear lo que el titiritero de turno enuncia con una mueca sonora.

Sobre los sucesos del Paraguay han hablado de la constitución, cuando apenas pueden ubicar el país en un mapa Nº 3. Entre los argumentos sonaron las siguientes palabras "...la destitución de Lugo puede “gustar o no, pero es una decisión que se tomó dentro del marco de la ley de ese país, por eso me parece una falta de respeto lo que se está haciendo desde el gobierno argentino...".

En la historia judicial del Paraguay ha habido destituciones: El juicio a José P. Guggiari duró tres meses (octubre 1931 a Enero 1932), al Presidente Raúl Cubas se le dio cinco días para su defensa y terminó renunciando antes (1.999), al Pte González Macchi se le sometió a un proceso que duró más de treinta días (en y feb 2.003), el juicio a los ministros de la Corte Suprema de justica en el año 2.003 duró más de quince días.

Como vemos, ese político local no conoce la historia paraguaya, pero mucho menos de leyes o constituciones. “Art. 16. DE LA DEFENSA EN JUICIO. La defensa en juicio de las personas y de sus derechos es inviolable. Toda persona tiene derecho a ser juzgada por tribunales y jueces competentes, independientes e imparciales. Art. 17. DE LOS DERECHOS PROCESALES: En el proceso penal, o en cualquier otro del cual pudiera derivarse pena o sanción, toda persona tiene derecho a: 1) Que sea presumida su inocencia; 2).. 3)..7) la comunicación previa y detallada de la imputación, así como a disponer de copias, medios y plazos indispensables para la preparación de su defensa en libre comunicación; 8 ) que ofrezca, practique, controle e impugne pruebas; 9 ) que no se le opongan pruebas obtenidas o actuaciones producidas en violación de las normas jurídicas; 10) el acceso, por sí o por intermedio de su abogado defensor, a las actuaciones procesales, las cuales en ningún caso podrán ser secretas para ellos.”

No es extraño entonces entender de que se han violado los mínimos derechos ciudadanos, más teniendo en cuenta de que estamos hablando del Presidente de la República del Paraguay, juzgado y condenado en apenas unas horas. Pero eso no solo es así en el Paraguay, algunos políticos locales han ido presos y tenido el beneficio de la probation por los delitos probados, pero siguen siendo Intendentes o funcionarios...

Otro de los argumentos opositores ha sido "...La presidente Cristina Kirchner ayer había decidido no reconocer al nuevo gobierno paraguayo al considerar que se había tratado de un golpe de Estado, desconociendo que el mismo se hizo en el marco de una decisión del congreso de ese país, a través de los mecanismos institucionales..." En primer lugar debemos decir que el reconocer un gobierno es potestad de las autoridades constitucionales de cualquier país, o sea, la Presidenta de la Nación Argentina puede DESCONOCER al usurpador de la presidencia paraguaya. En segundo lugar El parlamento paraguayo no puede arrogarse el derecho de violar los derechos ciudadanos y la voluntad popular, flaco favor a la democracia y las instituciones, Tercero, los mandatarios de la región adhirieron al Protocolo de Ushuaia donde se establece claramente la defensa de la democracia como condición para pertenecer al bloque regional, si el gobierno argentino y el de toda la región, no reconocen al nuevo gobierno, lo hacen en el marco LEGAL DEL MERCOSUR ACEPTADO POR TODAS LAS INSTITUCIONES PARAGUAYAS.

Cuando el traje te queda grande dicen: "Era grande el muerto"


Las declaraciones del Intendente Cataldo Cariglino fueron publicadas en El Embudo
Recomendamos la lectura de http://antigolpistaspy.wordpress.com/

No hay comentarios:

Publicar un comentario